El Reglamento de la Ley de Caza, en su artículo 30.1, remite al Régimen General de los perros domésticos la regulación de perros de caza y dice que los dueños de los perros utilizados para la práctica cinegética quedarán obligados a cumplir las prescripciones generales dictadas por las autoridades competentes sobre tenencia, matriculación y vacunación de perros.
La Ley de Protección de animales domésticos de las diferentes Comunidades indica que se prohibe la utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato, o que puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales. También señala como infracción muy grave la organización y celebración de peleas entre animales de cualquier especie.
Pues bien, vistos los condicionamientos legales y las conclusiones anteriores cabe preguntarse los siguiente, ¿hasta qué punto puede ser legal el enfrentamiento o pelea que tiene lugar como parte del proceso de caza entre los perros de los cazadores y animales de otras especies?.
Resumiendo, que el perro de agarre debe de "llegar rápido, a golpe ciego, y agarrar al jabalí hasta inmovilizarlo, para que otros perros de busca o sujeta permitan la llegada del perrero con seguridad; allí será entonces acosado o muerto por podencos o sabuesos...". ¿No significa acáso tal hecho la utilización de los perros en peleas con animales de otra especie?.
El deseo de los cazadores de que sus perros no sufran daño no parte de su rechazo al sufrimiento del animal, sinó del perjuicio que les supone perder un buen perro de caza cuya obtención, cría y adiestramiento conlleva tiempo y dinero. No extrañan por lo tanto las solicitudes presentadas por algunas Federaciones de Caza ante distintas Consejerías de Agricultura, Pesca y Alimentación, pidiendo la exclusión de los perros de caza de la Categoría de animales de compañía, para así eludir el sistema establecido para la identificación individual de los perros. Lógicamente se les negó tan exención al concluir que los perros utilizados para la caza había de regularse por la misma legislación que los perros de compañía, al pertenecer unos y otros a la misma Categoría. No olvidemos que entre otras "ventajas", un perro sin identificación impide averiguar quién era su dueño cuando aparecen, como ocurre habitualmente en nuestro País, canes de cazadores abandonados, tiroteados, apaleados, ahogados en pozos o ahorcados.
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